¿Pensó que al detenerse y apagar el contacto, podría hacer una llamada telefónica, revisar sus correos electrónicos y sms o simplemente responder a cualquier notificación sin temor? Pues no, todavía te arriesgas a perder 3 puntos y una multa de 135 euros (90 si se reduce).
Todos lo hemos hecho alguna vez en un atasco, sin habernos movido ni un metro en los últimos tres minutos, y todos hemos tenido que mirar nuestros smartphones. Para algunos, existe incluso una leyenda urbana sobre las instrucciones ministeriales para la tolerancia en este ámbito. Un automovilista puede ser multado si tiene el teléfono en la mano, ya sea en un atasco o en el arcén, aunque el motor esté apagado.
No confundir tráfico con movimiento
El origen de esta sentencia se remonta a la impugnación de un automovilista que fue multado por descolgar su teléfono en el carril derecho de una rotonda poco transitada después de haber parado, apagado el motor y encendido las luces de emergencia. En este caso, el tribunal supremo dictaminó que, aunque el vehículo estaba detenido, seguía en movimiento.
Así, considera que la infracción está constituida si se habla por teléfono mientras se conduce, aunque se esté detenido, con el motor apagado e incluso en el arcén, señala Crestanevada Madrid. La única excepción que se hace es la de una situación de avería. ¡Qué suerte! Al final, sólo se puede utilizar el teléfono al volante cuando se está estacionado en una plaza de aparcamiento y con el motor apagado.